El presidente Gustavo Petro anunció que solicitará una aclaración al magistrado Juan Camilo Morales, ponente del auto de la Consejo de Estado que suspendió provisionalmente los decretos 1469 y 1470 del 29 de diciembre de 2025, mediante los cuales el Gobierno fijó el salario mínimo vital y el auxilio de transporte.
En una alocución televisada, el mandatario aseguró que respeta y acata la decisión judicial, aunque expresó su desacuerdo con la medida. Según indicó, mientras se expide un nuevo decreto transitorio dentro del plazo legal, el salario vital se mantendrá y será ajustado con base en nuevos estudios económicos que serán allegados al alto tribunal.
“Vamos a aclarar esto con el magistrado. El nuevo decreto mantendrá un salario vital, solo que con las nuevas realidades económicas”, señaló el jefe de Estado, quien agregó que, en su opinión, la suspensión no debió aplicarse al Decreto 1469 de 2025.
El Gobierno dispone de ocho días para expedir una nueva norma temporal mientras se adopta una decisión de fondo. Sin embargo, Petro explicó que ese plazo podría extenderse parcialmente mientras se resuelve la solicitud de aclaración sobre el contenido del auto judicial.
El presidente cuestionó que la providencia judicial citara la sentencia Sentencia C-815 de 1999 sin incluir, según él, una expresión clave: el “carácter prevalente” del salario mínimo. Afirmó que este principio está sustentado en los artículos 25 y 53 de la Constitución Política de Colombia de 1991, que establecen la obligación de garantizar una remuneración mínima vital y móvil para los trabajadores.
De acuerdo con el mandatario, ese criterio no habría sido aplicado en gobiernos anteriores, lo que llevó a que el salario mínimo se mantuviera por debajo del costo real de la canasta familiar. En ese sentido, defendió los incrementos adoptados durante su administración, que —según afirmó— han sido del 17 %, 18 % y 23 % real en los últimos años, con el objetivo de alcanzar un salario vital acorde con las condiciones económicas.
Petro también recordó que la Ley 278 de 1996 establece que, cuando no exista consenso en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, el Ejecutivo debe fijar el salario mínimo teniendo en cuenta la inflación, la productividad y otros factores económicos. Indicó que la inflación del último año fue de 5,2 % y sostuvo que un aumento sustancial del salario puede contribuir a mejorar la productividad nacional.
Finalmente, el jefe de Estado reiteró que el Gobierno expedirá un nuevo decreto transitorio mientras la jurisdicción contenciosa administrativa decide de fondo la legalidad de las normas suspendidas, insistiendo en que la política de salario mínimo vital continuará siendo eje central de su estrategia económica y social.