Por: Redacción.
Para ejercer el control automático de constitucionalidad de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la sala plena de la Corte Constitucional por unanimidad se declaró inhibida por el momento.
Hasta que concluya el trámite en el Congreso de la objeción que el presidente Duque presentó a seis artículos de la ley este alto tribunal no se pronunciará sobre el tema.
Explicó Gloria Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional, que el trámite administrativo de las objeciones sigue el Congreso de la República, hecho por el cual el alto tribunal no puede tomar una decisión de fondo.
“En estos momentos el trámite no ha terminado en el Congreso, que es el órgano competente para las deliberaciones sobre las objeciones”, indicó la magistrada.
“Eso no significa que la Corte no pueda en algún momento revisarlo, porque si ese trámite en el Congreso produce modificaciones al contenido más general al proyecto de ley e involucra un trámite legislativo, la Corte tiene un control previo, automático y único de constitucionalidad”, precisó.
Antonio José Lizarazo, el magistrado ponente de la decisión, explicó que tras la presentación formal de las objeciones presidenciales el proceso de revisión se retrotrajo.
“Cuando un presidente formula objeciones un proyecto de ley se retrotrae al segundo debate, es decir se repite en relación con las normas objetadas”, precisó.
Señaló que la Corte Constitucional realizará sus funciones de control únicamente cuando terminen las discusiones en el Congreso de la República.
El alto tribunal tiene en efecto la competencia para ejercer control sobre los vicios de procedimiento y las conclusiones a las que llegue el Congreso.
El magistrado Lizarazo aseguró, frente a la carta enviada por el presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Chacón, que la Corte no es un órgano de consulta, hecho por el cual no pueden entrar a opinar y tomar decisiones.
Con esta decisión el Congreso tiene vía libre para entrar a estudiar los seis artículos objetados el pasado 8 de marzo. Sin embargo, deberán tomar una decisión de fondo antes del 20 de junio, día en el que se acaba el actual periodo legislativo.
En estos debates se aplicará la figura del ‘fast track’ la cual redujo el número de debates en Senado y Cámara para tomar decisiones a temas relacionados con el proceso de paz.