Por: Redacción.

A raíz del escándalo generado por las grabaciones que se conocieron públicamente del gerente de RTVC, Juan Pablo Bieri, en las que sostiene una conversación privada sobre la gerencia del sistema de medios públicos, y en las que ordena sacar del aire al programa Los Puros Criollos, se ha abierto un debate en el contexto nacional con referencia al alcance de las conversaciones en la intimidad.

Dentro del ordenamiento jurídico nacional hay una serie de interpretaciones sobre los alcances y límites del derecho a la intimidad y si bien la respuesta a cuándo es legal grabar una conversación no se puede dar de forma taxativa y directa, existen una serie de eventos en los que grabar y divulgar una conversación privada puede llegar a convertirse en un delito enmarcado en Código Penal Colombiano.

Varios penalistas del país han salido al paso del debate dando a conocer sus interpretaciones sobre los alcances y límites del derecho a la intimidad. Jaime Granados, en conversación con el diario La República, afirmó que la ilegalidad en este tipo de casos se produce cuando no hay consentimiento entre las personas que sostienen una conversación. Sin embargo, recalcó que existe una excepción a esta regla y es “cuando la persona que graba la conversación cree que está siendo víctima de un delito”.

Por su parte, otro abogado penalista, Iván Cancino, se inclinó en la idea que la ausencia de consentimiento expreso no nubla la legalidad de las grabaciones, apoyándose en la sentencia T-276 de 2015, donde el máximo tribunal estableció que una grabación es ilegal cuando se pone en conocimiento de terceros situaciones carentes de certeza que pertenecen al espacio privado de un sujeto.

De igual manera lo hizo el abogado Santiago Martínez, presidente del Colegio de Abogados del Trabajo, quien afirmó que en estos casos “la empresa puede prohibir este tipo de grabaciones, y existen cláusulas de confidencialidad que le quitan las facultades a los empleados para realizar este tipo de grabaciones”.

Además, Martínez recalcó que en el campo laboral también existen restricciones para grabar las conversaciones que se produzcan en una reunión de carácter eminentemente empresarial.

Es análisis, este tema, entonces, deja de ser una burbuja mediática y pasa a desglosar un debate que se posa en dónde comienza y acaba el derecho a la información privada de las personas y la divulgación ante los demás cuando de temas comprometedores se trata.

Es de recordar que recientemente el video del senador Gustavo Petro, grabado en el 2005, en la que se le ve contando una gruesa suma de dinero en efectivo, el cual generó polémica en el país cuando la Fiscalía lo validó para abrir un proceso penal y disciplinario formal en contra del congresista.